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A.6.1

en Tobefu

A partir del 1° de setiembre de 2003, los funcionarios provenientes de la ex categoría Administrativa, que revistan en los Grados SIR 12, 13 y 14, no comprendidos en la Resolución N° 3536/03 de 5 de setiembre de 2003 y su modificativa N° 3889/03 de 25 de setiembre de 2003, percibirán una compensación a la persona, (Código 103) de $460,oo (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta), $397,47 (pesos uruguayos trescientos noventa y siete con 47/100) y $752,50 (pesos uruguayos setecientos cincuenta y dos con 50/100), respectivamente.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
6.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Art. 6.1
Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.A.0006.0001.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.6.1