A partir del 1° de setiembre de 2003, los funcionarios provenientes de la ex categoría Administrativa, que revistan en los Grados SIR 12, 13 y 14, no comprendidos en la Resolución N° 3536/03 de 5 de setiembre de 2003 y su modificativa N° 3889/03 de 25 de setiembre de 2003, percibirán una compensación a la persona, (Código 103) de $460,oo (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta), $397,47 (pesos uruguayos trescientos noventa y siete con 47/100) y $752,50 (pesos uruguayos setecientos cincuenta y dos con 50/100), respectivamente.