A los funcionarios que tuvieren en el transcurso de un año tres o más faltantes, se les podrá asignar tareas propias de otra categoría funcional dentro o fuera de la circunscripción en que revistan.
A los funcionarios que tuvieren en el transcurso de un año tres o más faltantes, se les podrá asignar tareas propias de otra categoría funcional dentro o fuera de la circunscripción en que revistan.
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