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A.402

en Tobefu

Los funcionarios comprendidos en este régimen:

a. Que sean mayores de 64 años al 1º de febrero de 2011, percibirán hasta 16 compensaciones mensuales y no más allá de que el funcionario cumpla 70 años de edad.

b. Que se encuentren entre los 60 a los 64 años cumplidos al 1º de febrero de 2011 percibirán hasta 18 compensaciones mensuales.

c. Que sean menores de 60 años al 1º de febrero de 2011, percibirán 21 compensaciones mensuales.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
402
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IV, Art. 402
Notas: 

 

Fuentes
Fuente: 
art. 48
Observaciones: 
inc. 3
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
La Res.IMM Nº 294/09 de 26 de enero de 2009, ampliada por la Res.IMM Nº 3956/09, de 17/09/09, aprobó la reglamentación del Decreto No. 32.771.
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0006.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.A.0402.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.402