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A.6.2

en Tobefu

La compensación mencionada en el artículo anterior se ajustará de acuerdo a los aumentos que se fijen al personal de la Intendencia, y se percibirá mientras los funcionarios mantengan su grado salarial actual.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
6.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título I, Cap. II, Art. 6.2
Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.A.0006.0002.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.6.2