Para proceder a la distribución indicada precedentemente, los Servicios a que refiere el numeral 2 de la presente resolución, deberán remitir mensualmente a la Contaduría General, la nómina de funcionarios beneficiarios a los fines de la liquidación y pago de la compensación por tareas de riesgo, con especificación de las jornadas cumplidas en la tarea.