En caso de interinatos por imposibilidad en el cumplimiento de la tarea del titular del quebranto de caja, la Dirección de la dependencia podrá asignar al sustituto, debiendo comunicarlo a la Contaduría General y a la Sectorial de Presupuesto del Departamento respectivo dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas de producido el reemplazo, expresando los motivos fundados y los datos de los funcionarios beneficiarios.
