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A.200

en Tobefu

Aprobar el siguiente Manual de Procedimientos que se aplicará en todos los casos en que se asignen viáticos para viajes al exterior:
El viático sólo se otorgará por Resolución del Ejecutivo Comunal salvo en el caso en que el Intendente necesite usar dicho concepto en cuya oportunidad la asignación del viático será resuelta por la Secretaría General o quien la subrogue.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
200
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. X, Grupo I, Art. 200
Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0010.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0200.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.200