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A.201

en Tobefu

Variables para el cálculo del viático. Se tomará como referencia la tabla que elabora el Ministerio de Relaciones Exteriores para viáticos.
Sobre esta base, se confeccionará una nueva tabla considerando un valor inferior que podrá variar según los siguientes casos:
a) si el funcionario debe costearse todos los gastos, se calculará hasta el 75% de la base calculada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
b) si el evento cubre determinados costos como ser pasajes, alojamiento o estadía, el viático será el 40% de la base calculada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
c) si el evento cubre todos los costos, el viático será de hasta el 20% de la base calculada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
201
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. X, Grupo I, Art. 201
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
arts. 2 y 3
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0010.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0201.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.201