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A.281

en Tobefu

Los funcionarios que incurrieren en maniobras de adulteración, falsificación o engaño, para obtener indebidamente o continuar percibiendo la Asignación Familiar Duplicada, o que omitieren comunicar la extinción de la causal, serán pasibles de una suspensión no menor de 10 (diez) días, sin goce de sueldo, sin perjuicio del descuento que corresponda de lo que hubieren percibido por dicho concepto y de las demás medidas legales que correspondan.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
281
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título V, Cap. III, Grupo II, Art. 281
Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 13
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.A.0281.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.281