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D.738

Publicación. Las disposiciones de este Libro se publicarán en el "Diario Oficial" y en dos Diarios de la Capital y entrarán en vigencia a los ciento veinte días de su publicación en el "Diario Oficial".

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
738
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte L, Título VI, Art. 738
Fuentes
Fuente: 
art. 201
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0006.0000.0000.0000.0000.D.0738.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-D.738