Vehículos en sentido opuesto. Los vehículos que circulen en sentidos opuestos, deberán rebasarse unos a otros por la derecha, y en las calzadas angostas cada conductor deberá ceder al otro, la mitad de la parte más transitada de la calzada.
Vehículos en sentido opuesto. Los vehículos que circulen en sentidos opuestos, deberán rebasarse unos a otros por la derecha, y en las calzadas angostas cada conductor deberá ceder al otro, la mitad de la parte más transitada de la calzada.
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