Back to top

D.586

Observaciones. Si el Servicio de Contralor y Registro de Vehículos no hallare en condiciones de legitimidad o regularidad la transferencia solicitada, detendrá el trámite de la misma y lo comunicará a los interesados, quienes podrán desistir mediante la presentación de la solicitud correspondiente. Autorizado el desistimiento, se devolverá al propietario del vehículo la libreta de circulación.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
586
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte L, Título II, Cap. II, Secc. III, Art. 586
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 49
Observaciones: 
Fuente: 
art. 111
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.D.0586.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-D.586