Las sanciones de carácter económico por contravenir el presente Capítulo, se abonarán por los infractores o por las empresas a que pertenezcan, en un 100% del monto establecido.
Las sanciones de carácter económico por contravenir el presente Capítulo, se abonarán por los infractores o por las empresas a que pertenezcan, en un 100% del monto establecido.
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