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D.768.4

Por razones justificadas de fuerza mayor, las empresas podrán alterar el recorrido de una línea. Deberán comunicarlo previamente a la División Tránsito y Transporte, siempre que ello sea posible. Dichas alteraciones serán las estrictamente necesarias y por el mínimo de tiempo, de modo de respetar al máximo el pasaje por las paradas para ascenso y descenso de pasajeros.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
768.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte L, Título I, Cap. I, Secc. I, Grupo III, Art. 768.4
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 33
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0003.0000.0000.0000.0000.D.0768.0004.0000.0000.0000
Id: 
V-D.768.4