Todas las bebidas analcohólicas deben comercializarse en envases rígidos o semirígidos que se llenen en el local de elaboración mediante sistema mecánico de formado-llenado-cerrado o de llenado y cerrado inmediato. Se prohibe el uso de envase flexible (tipo «Sachet») de contenido inferior a un litro, que se considere diseñado exclusivamente para el consumo directo desde el envase.