Se considera aceites ineptos para el consumo:
a) los que presenten olor, color o sabor extraños o rancios o que contengan aceites de origen mineral;
b) los aceites refinados que tengan una acidez superior a 0,3% expresada en ácido oleico, a excepción del aceite de oliva, que tiene especificaciones especiales;
c) los que tengan un índice de peróxidos superior a 10 meq. (miliequivalentes) o 20 meq para el aceite de oliva virgen;
d) los que contengan más de: 0.005% de jabón, 1.5 p.p.m. de hierro y 0.1 p.p.m. de cobre, plomo y arsénico independientemente;
e) los que contengan más de 0,05% de sedimento o impurezas insolubles;
f) los extraídos por solventes no autorizados, o que presenten restos de ellos;
g) los que contengan más de 0,2% de sustancias volátiles a 105ºC;
h) los aceites de recuperación, excepto el aceite de soja, siempre que haya sufrido una alteración natural.
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