Los disolventes que se utilicen para la extracción de aceites comestibles deben estar expresamente autorizados y procederán de la redestilación de nafta de «topping», con exclusión absoluta de nafta de «cracking». Deben ser incoloros y límpidos, no dejar depósito y no contener agua ni materias extrañas; darán reacción negativa del «ensayo Doctor» y en las pruebas de destilación su punto de sequedad no será mayor de 92ºC.