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D.1769.23

Se consideran vinos ineptos para el consumo y nocivos para la salud:
a) Los vinos adulterados;
b) Los vinos contaminados;
c) Los vinos alterados;
d) Los adicionados de colorantes naturales o artificiales no propios de la uva, alumbre, ácido salicílico, ácido bórico o sus sales, ácido benzoico, sacarina (u otros edulcorantes artificiales), glicerina, glucosa, sales de bario y de estroncio, y otras sustancias nocivas a la salud que no figuren entre los componentes de los vinos naturales;
e) Los enyesados o sulfitados en proporción mayor a la establecida en este título;
f) Los vinos de sobreprensa.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1769.23
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. XXVIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. I, Grupo III, Art. 1769.23
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0026.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0003.0000.0000.0000.0000.D.1769.0023.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1769.23