No podrán circular los vehículos de cualquier clase, que produzcan ruidos molestos o excesivos a causa de:
A) ajuste defectuoso o desgaste del motor, frenos, palancas, carrocerias, rodajes y otras partes de los mismos;
B) carga imperfectamente distribuida o mal asegurada; y,
C) cualquier otra circunstancia, que determine el funcionamiento o marcha anormal del vehículo.
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