Accesos y escaleras para servicios higiénicos. El acceso a los servicios higiénicos no podrá efectuarse directamente desde la sala o tertulias. Las puertas que los comuniquen con los halls o circulaciones generales, serán de vaivén.
Si la comunicación hacia los servicios higiénicos se hiciera por escalera, ésta tendrá un ancho mínimo de 1 m, con pasamanos en uno de sus lados y sus escalones que no podrán tener más de 0.18 de altura, cumplirán entre sus huellas "a" y sus contrahuellas "b" la relación 2a + b = 0.64 m, no contándose en el ancho de la huella el vuelo de ésta sobre el plomo de la contrahuella.
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