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D.3577

Con excepción de las canceles o puerta interiores que sólo deberán abrirse para afuera, todas las demás puertas de acceso o salida deberán poder abrirse indistintamente en uno u otro sentido.
Las canceles se dispondrán en forma que no sean obstáculo para el desalojo rápido de los locales.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3577
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XV, Parte L, Título IV, Cap. III, Art. 3577
Fuentes
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
art. 3
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.D.3577.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3577