Locales al aire libre. Las disposiciones contenidas en los artículos de este Capítulo, excepción hecha de lo relativo a ventilación, serán aplicables a los lugares destinados a espectáculos públicos a cielo descubierto.
Locales al aire libre. Las disposiciones contenidas en los artículos de este Capítulo, excepción hecha de lo relativo a ventilación, serán aplicables a los lugares destinados a espectáculos públicos a cielo descubierto.
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