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R.91

Plazo para el diligenciamiento de la notificaciones.
Una vez recibido el formulario de notificación en tiempo y forma, la Oficina de Notificaciones dispondrá de un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles a partir del día siguiente de recibido el formulario para su diligenciamiento, devolviendo a la dependencia remitente la vía Actuación del formulario antes del decimosexto día hábil con un procedimiento similar al de su recepción.

Las notificaciones que no se efectúen a través de la Oficina de Notificaciones deberán practicarse dentro de los 10 (diez) día hábiles siguientes a la fecha del acto a notificar.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
91
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro II, Parte R, Título I, Cap. V, Art. 91
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 5
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.97.5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.97.5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.85.2
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.R.0091.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.91