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A.211.40

en Tobefu

La Unidad Policía Territorial bajo su responsabilidad, mensualmente comunicará a los Departamentos de Gestión Humana y Recursos Materiales y de Desarrollo Urbano, la planilla con los nombres, cédulas de identidad y días en que las guardias fueron cumplidas y demás datos necesarios a los efectos de su liquidación. De igual forma procederá en caso de haberse desarrollado las tareas mencionadas en el artículo 211.38 del TOBEFU, incluyéndose además su justificación y el detalle de las horas cumplidas.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
211.40
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título IV, Cap. XI, Grupo VI, Art. 211.40
Fuentes
Fuente: 
num. 1º
Observaciones: 
art. 8º de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0011.0000.0000.0000.0000.I.0006.0000.0000.0000.0000.A.0211.0040.0000.0000.0000