Los empleados competentes del establecimiento realizarán en forma periódica el control de los siguientes puntos:
a) Limpieza y condición de los envases y tapas;
b) Llenado de envases;
c) Vacío de la máquina selladora;
d) Peso neto;
Los empleados competentes del establecimiento realizarán en forma periódica el control de los siguientes puntos:
a) Limpieza y condición de los envases y tapas;
b) Llenado de envases;
c) Vacío de la máquina selladora;
d) Peso neto;
Una intensidad mínima de iluminación de 220 lux deberá proveerse en todas las superficies de trabajo en las áreas de procesamiento. Las lámparas deberán estar protegidas para prevenir la contaminación del alimento en caso de roturas.
Las diversas dependencias de las panaderías deberán disponerse en secciones separadas a saber:
a) despacho o expendio
b) zona de elaboración o cuadra
c) depósito de materias prima
d) depósito de combustible y útiles no alimentarios
El pescado entero o con piel deberá ser lavado adecuadamente antes del procesamiento.
La descongelación de la carne, subproductos, derivados y productos cárnicos congelados deberá realizarse de acuerdo a los métodos aprobados y bajo supervisión de la Inspección Veterinaria Oficial.
Los animales llevados a los locales de faena deberán ser sacrificados de inmediato.
Las personas que padezcan enfermedades o lesiones de la piel o de los ojos, no podrán intervenir en ningún proceso de elaboración, envasado, distribución o comercalización de alimentos aunque no sean de naturaleza infecciosa.
En toda empresa alimentaria será obligatorio disponer de servicios sanitarios, los que no tendrán comunicación directa con los lugares destinados a la manipulación de alimentos, y en ningún caso se podrán ventilar a expensas de aquellos.
Mezclas de aromatizantes saborizantes son las mezclas entre sí cualesquiera sean el número y tipo de aromatizantes saborizantes componentes.
El aromatizante saborizante resultante se considerará:
a) natural, cuando derive de mezclar aromatizantes naturales
Alimento símil o sucedáneo. Es aquel alimento destinado a parecerse a un alimento usual, por su textura, aroma, sabor, olor y color y que se utiliza como sustituto completo o parcial del alimento al que se parece.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados