En el Área de Usos Mixtos el uso preferente es el mixto controlado, admitiéndose la implantación de actividades no agropecuarias.
Digesto
D.223.290.27
La Colorada. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.28
Mailhos. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.25
Punta Yeguas. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.21
Arroyo Toledo. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.24
Cerro Oeste. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.17
Entornos de Bañados de Carrasco.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.20
Rincón de Melilla. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.16
Alrededores de Villa García.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.13
Cuchilla Pereira-Cuchilla Grande.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
