Alimentos de uso medicinal. Son los alimentos modificados formulados especialmente para ser destinados a la alimentación exclusiva o parcial, de personas con capacidad limitada o deteriorada para ingerir, digerir, absorber o metabolizar alimentos corrientes y/o dietéticos o
Digesto
D.1774.31.1
Se define como alimento adicionado de nutrientes, al alimento al cual se ha incorporado expresamente una o varias vitaminas, y/o minerales, y/o L-aminoácidos, para satisfacer las necesidades nutricionales incrementadas por condiciones físicas, fisiológicas y/o patológicas particulares de de
D.1774.31
Bebidas para deportistas. Son las bebidas destinadas a prevenir y reponer las pérdidas de agua y electrolitos, así como restablecer los depósitos de hidratos de carbono durante el ejercicio físico prolongado, conteniendo entre 50 y 100 g de carbohidratos y entre 550 y 1750
D.1774.30
Alimentos complementarios para lactantes de seis meses y más y niños de corta edad. Son los alimentos diferentes de la leche humana o fórmulas para lactantes que se utilizan para la gradual adaptación de la alimentación de dichos niños a la alimentación del niño mayor o del
D.1774.3
Alimentos para usos dietéticos especiales o alimentos dietéticos. Son los alimentos modificados destinados a atender necesidades dietéticas especiales de ciertos individuos, determinadas por condiciones físicas o fisiológicas y/o trastornos o enfermedades específicas.
D.1774.29
Fórmula de indicación especial. Es el alimento elaborado para satisfacer necesidades nutricionales o alimentarias propias de algunos grupos de lactantes que padecen trastornos o enfermedades diversas.
D.1774.28
Fórmula a base de soya. Es el alimento que no contiene leche de vaca, elaborado con proteína aislada de soya o harina de soya, con diversos agregados.
D.1774.26
Fórmula para lactantes. Es el producto basado en leche de vaca u otros animales y/o otros componentes comestibles de origen animal (incluido el pescado) o vegetal, que se considere adecuados para la alimentación de los lactantes, estando destinado a ser usado cuando sea nec
D.1774.23
Sal dietética baja en sodio. Son las mezclas salinas que por su sabor (sin agregado de aditivos aromatizantes), sean semejantes a la sal de mesa (cloruro de sodio) y cuyo contenido en sodio no podrá exceder 120 mg de sodio por 100 g del producto.
D.1774.22
Alimento de muy bajo contenido en sodio. Son aquellos que contienen menos de 40 mg de sodio por 100 g del producto listo para consumir.
