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Digesto

D.1837

La Intendencia, si lo considerase oportuno, queda facultada para otorgar a una misma persona, física o jurídica, más de un permiso para la instalación de este tipo de establecimientos.

D.1829.12

Los nuevos funcionarios nombrados para esta tarea serán designados por sorteo.

D.1778.3

Productos de copetín a base de frutos secos. Son los preparados con frutos secos limpios y sanos (maníes, almendras, castañas, pistachos y otros) pelados, fritos o tostados, salados o ahumados, recubiertos por mezclas saborizantes o por pastas con diversos ingredientes (alm

D.1768.8

Todos los envases de bebidas sin alcohol deben tener cierres herméticos e inviolables.

D.1768.6

Las bebidas analcohólicas deben presentar el color, olor y sabor propios del tipo de bebida de que se trate. Su aspecto debe ser tal que no dé indicación de alteración o de un deficiente estado higiénico sanitario.

D.1767.20

Hielo seco o nieve carbónica. Es el producto sólido que se obtiene por rápida expansión del anhídrido carbónico líquido, el que debe satisfacer las exigencias establecidas para el gas carbónico.

D.1774.8

Alimentos hipoglucídicos o de bajo valor glucídico. Son los alimentos que contienen una cantidad de glúcidos asimilables que no sobrepasa en peso el 50% de la que poseen los alimentos no modificados correspondientes.

D.1774.2

Alimento fortificado o enriquecido. Son los alimentos modificados a los cuales se ha incorporado expresamente uno o varios nutrimentos esenciales, tanto si están como sí no estás contenidos normalmente en el alimento, con el fin de prevenir o corregir la deficiencia demostr

D.1763.8

Aderezo a base de vinagre. Es la mezcla de vinagres que cumplan con los requisitos establecidos en la sección anterior para cada tipo, con o sin el agregado de ingredientes complementarios.

D.1763.10

Cuando las salsas se designan con el nombre tradicional de una preparción (golf, chile, francesa) deben contener los ingredientes que les son típicos.

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