Back to top

Digesto

D.866.10

Reiteración de infracciones. Cada infracción de los trabajadores respecto de sus propias obligaciones o de las condiciones del vehículo cuando sea de su exclusiva responsabilidad, dará lugar a que la empresa en la que prestan servicios, sea apercibida.

D.866.9

Infracciones y Sanciones. Las infracciones al presente Decreto serán sancionadas de la siguiente manera:

Páginas

Suscribirse a Digesto