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Digesto
D.866.10
Reiteración de infracciones. Cada infracción de los trabajadores respecto de sus propias obligaciones o de las condiciones del vehículo cuando sea de su exclusiva responsabilidad, dará lugar a que la empresa en la que prestan servicios, sea apercibida.
D.866.9
Infracciones y Sanciones. Las infracciones al presente Decreto serán sancionadas de la siguiente manera:
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