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Digesto
D.224.224
OCHAVA.- La ejecución de la ochava reglamentaria y de la provisoria, se ajustará a las condiciones siguientes: A) En predios libres de construcciones: para obras nuevas, se exigirá la ochava reglamentaria, en la intersección de las alineaciones definitivas, de acuerdo con
D.224.537.25.19
Tramitación.
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