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Digesto

A.794

Ceremonia de entrega y plazos.

La aprobación de la distinción implica la realización de la correspondiente Ceremonia de distinción, la que será oportunamente coordinada desde el Servicio de Relaciones Públicas.

D.2248.2

No se requerirá prueba fehaciente del fallecimiento, cuando la propuesta de inclusión en el nomenclátor refiera a personas desaparecidas en forma forzada o involuntaria entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, por razones políticas.

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