Antes de habilitar los servicios al público, el permisario está obligado a solicitar la aprobación de las instalaciones en la oficina competente. Para ampliar, reducir o modificarlas, deberá igualmente solicitar, la autorización correspondiente.
Digesto
D.2366
Se permitirá entrar a las playas los vehículos destinados al transporte de enfermos y asimismo se permitirá en las playas situadas al este de Malvín inclusive, la entrada de bicicletas, al solo efecto de que sus poseedores puedan depositarlas en sitio conveniente para su custodia, que será
D.2365
En los locales destinados para el servicio de vigilancia ya sea policial, de la Intendencia o Salud Pública, quedarán expeditos de personas u objetos en un radio de 5 (cinco) metros, como asimismo los principales accesos a los citados locales.
D.2363
Los particulares que deseen colocar carpas dentro de las zonas establecidas para las de alquiler, abonarán a la Intendencia, por derecho de piso, la suma que fije la Intendencia.
D.2362
En cada playa la Prefectura Nacional Naval, señalará embarcadero y fondeadero para embarcaciones menores en los extremos de las mismas.
D.2361
Se prohíbe a las embarcaciones navegar o fondear a una distancia menor de 100 (cien) metros de la máxima línea de alejamiento de los bañistas.
D.2360
El público está obligado a acatar las indicaciones que en sus respectivas funciones formulen los inspectores, personal de vigilancia y brigada de salvavidas de la Intendencia y los funcionarios de la Prefectura Nacional Naval.
D.2347
Se establecen como zonas aptas para baños las que se indican a continuación.
PLAYA PAJAS BLANCAS: Zona habilitada frente al Hotel y Playa "La Colorada".
PLAYAS PUNTAS DE SAYAGO.
PLAYA DEL CERRO: Zona comprendida entre las calles Portugal y Bogotá.
D.2245
La plantación de árboles, colocación de columnas, postes o cualquier otra instalación de esta naturaleza, que deba efectuarse en la zona de veredas, se realizará a una distancia de ochenta centímetros de la línea exterior del cordón, contada desde el eje, excepción hecha de aquellos casos e
D.2244
Previamente al otorgamiento de autorizaciones para la instalación de tanques, estaciones de servicio, etc., se remitirán los planos correspondientes a la Unidad de Areas Verdes Centrales para el emplazamiento exacto de la arboleda de las aceras, con el fin de que la dependencia mencionada a
