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Digesto

D.1216

Donde se usen telas multiservicio, éstas deben ser lavadas y desinfectadas después de cada período de uso.

D.1188

No podrá almacenarse material o equipo innecesario en el área de trabajo de un establecimiento.

D.1103

Los tanques de almacenamiento y distribución de agua cumplirán con la norma UNIT correspondiente. Asimismo serán sometidos a limpieza periódica, en plazos no mayores de 6 meses, asegurándose que en todo momento se encuentren en aceptables condiciones higiénicas.

D.1090.2

Se permite el empleo de los siguientes productos químicos como disolventes de extracción en el procesamiento de alimentos:

D.1090.1

Se reconocen las siguientes enzimas utilizadas en los procesos de elaboración de alimentos:

D.1088

Los aditivos específicos para alimentos modificados son los que se mencionan a texto expreso en el Capítulo 29 de este título.

D.1059

Bálsamos, oleorresinas y oleogomorresinas son los productos obtenidos mediante la exudación libre o provocada de determinadas especies vegetales.

D.1040

Si la información obligatoria figurara en idioma diferente al español, será necesaria su traducción por parte del importador o exportador, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo D.1012.

D.1039

Si en el rótulo original de los alimentos al que se refiere el artículo anterior no se diera cumplimiento a todas las exigencias de esta sección, será necesario un rótulo adicional que se ajuste a las mismas.

D.1019

Cuando un alimento se presente en dos fases (una sólida y un medio líquido) separables por filtración simple, deberá indicar, además de la masa neta, la masa escurrida o drenada (expresada como peso escurrido o peso drenado).

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