En el rótulo de los néctares se debe hacer constar el porcentaje mínimo del contenido de fruta total (pulpa y jugo) con caracteres de buen tamaño, realce y visibilidad.
Digesto
D.1750.2
Hortaliza fresca. Es la hortaliza de cosecha reciente y consumo inmediato.
D.1743.5
Se autoriza la coloración de la masa de: pan dulce, budín inglés, galletitas y productos de confitería, excluyéndose expresamente los colorantes artificiales.
D.1739.15
Pre-pizza o masa para pizza. Es el producto obtenido por cocción de una masa fermentada por levaduras y obtenida por el empaste y amasado mecánico de una mezcla de harina y agua potable o leche, con o sin sal y aceite comestible y cubierta con salsas apropiadas.
D.1738.29
La harina de papa tendrá como máximo 12% humedad.
D.1737.24
El arroz puede presentar defectos generales o leves o defectos graves.
D.1736.4
Aceite genuino de... (nombre de la materia prima). Es el que proveniente de una sola especie vegetal y responde a las especificaciones de este título.
D.1733.6
Se prohibe designar con el nombre de queso a los productos en que la base láctea contenga grasa y/o proteínas de origen no lácteo.
D.1727.7
Se permite el agregado al dulce de leche de frutas secas, maní, almendras, lo que debe incluirse en la denominación del producto.
D.1727.4
La adición de bicarbonato de sodio se permitirá en el valor mínimo necesario para reducir la acidez máxima de la leche empleada como materia prima de 19º Dornic a 13º Dornic.
