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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I.4
De los escalafones y subescalafones
Sección VI
Del escalafón obrero

Artículo R.161.30 ._

El Escalafón Obrero incluye los Subescalafones Auxiliar, Oficial Práctico, Oficial, Técnico y Oficial Especializado, cuyas actividades principales, niveles de formación y niveles de carrera se encuentran comprendidos en el cuadro anexo VIII.

- Definiciones de carreras: Escalafón Obrero
 

CUADRO VIII

 

ESCALAFÓN:

                                     OBRERO
            (Art. D.79.12 y Arts. R.161.27 a R.161.30)

SUBESCALAFÓN:

AUXILIAR
O.1

OFICIAL PRACTICO
O.2

OFICIAL
O.3

TECNICO
O.4

OFICIAL ESPECIALIZADO

ACTIVIDADES PRINCIPALES
Tipo de tareas y sus características principales.

  • Actividades o servicios varios de apoyo operativo o de infraestructura, dentro de instrucciones verbales o escritas y normas establecidas.

  • Requieren principalmente esfuerzos físicos, cierta destreza y habilidad manual, atención, memoria y práctica en la utilización y cuidado de herramientas manuales, materiales, equipos y máquinas comunes.

  • Oficios básicos, con exigencias más prácticas que teórico-técnicas.

  • Destreza en la operación y cuidado de herramientas, instrumentos de medición y control, materiales, equipos y máquinas de mediana complejidad.

  • Oficios o especialidades intermedias, con exigencias tanto prácticas como teórico-técnicas.

  • Destreza en la operación y cuidado de herramientas, instrumentos de medición y control, materiales, equipos y máquinas complejas.

  • Oficios o especialidades superiores, con exigencias prácticas e importante contenido teórico-técnico.

  • Destreza en la operación y cuidado de herramientas, instrumentos de medición y control, materiales, equipos y máquinas de alta complejidad.

  • El Subescalafón Oficial Especializado comprende las carreras del Escalafón Obrero en las que predominen los oficios o especialidades intermedias, con exigencias prácticas y teórico-técnicas de diversa magnitud; destreza en la operación y cuidado de herramientas y materiales; la utilización de instrumentos de medición y control; la operación y conducción de vehículos equipados complejos y el manejo de planos y especificaciones técnicas.

NIVEL DE FORMACION:
Estudios y conocimientos específicos.
(Formales e informales).

  • Primaria completa.

  • Se requiere entrenamiento específico y práctica en la realización de las tareas.

  • Primaria completa, más cursos UTU de hasta dos años; o cursos específicos; o idoneidad práctica equivalente.

  • Manejo básico de operaciones aritméticas, espicificaciones técnicas e interpretación de planos.

  • Ciclo Básico UTU; Primaria Completa más cursos especifícos de 2/3 años; o idoneidad práctica equivalente.

  • Manejo de operaciones aritméticas, especificaciones técnicas e interpretación de planos.

  • Ciclo Básico UTU más cursos especificos de 1 o 2 años; o idoneidad práctica y conocimientos teóricos equivalentes.

  • Manejo de operaciones matemáticas especificaciones técnicas e interpretación de planos.

  • Se requiere haber aprobado el Ciclo Básico de UTU o similar; o tener educación Primaria completa más cursos específicos de 2 a 3 años de duración o demostrar idoneidad práctica equivalente.

NIVELES DE CARRERA:
Trayectoria, idoneidad y dominio de la carrera.

I Experto. Domina todas las tareas, técnicas o metodologías del oficio o carrera. Instruye, verifica y coordina el trabajo de otros.
Nivel a utilizarse con criterio restrictivo.
Desempeño excelente. Requiere autorización de vacante.

II Solidamente experimentado. Domina todas las tareas, técnicas o metodologías del oficio o carrera. Instruye y verifica el trabajo de otros.
Nivel que puede ser alcanzado por todos. Culminación natural de la carrera. Es normal permanecer en él.
Desempeño destacado. Requiere autorización de vacante.

III Experimentado. Conoce todas las tareas, técnicas y metodologías del oficio o carrera. Instruye y verifica el trabajo de otros.
Nivel que debería ser alcanzado por todos. Se puede permanecer en él.
Desempeño muy bueno.

IV Medianamente experimentado. Conoce la mayoría de las tareas, técnicas y metodologías del oficio o carrera.
Nivel que debería ser alcanzado por todos.
Desempeño bueno.

V Poco experimentado. Conoce pocas tareas, técnicas y metodologías del oficio o carrera.
Nivel que debería ser superado por todos.
Desempeño aceptable.

 

 

FuenteObservaciones
art. 22
num. 1
num. 1
R.161.29