Los puestos reservados en el artículo D. 2346.24 serán adjudicados por el Intendente de acuerdo a la lista de prelación que confeccionará el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional con el asesoramiento de las Instituciones oficiales y privadas competentes en la materia. Rige en todos sus efectos para estas asignaciones lo prescripto por los artículos D. 2346.31 y D. 2346.32.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental