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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Legislativa
Título I
De los servicios públicos de transporte colectivo de pasajeros
Nota:

Ver articulos D.2425.39 a D.2425.42 del Volumen X "De los espacios públicos y de acceso al público", del Digesto Departamental, los cuales incorporan normativa tendientes a prevenir el acoso sexual en espacios públicos o de acceso al publico, en el transporte público o transporte privado de interés público.

Por Res. IM Nº 3236/21 de 30 de agosto de 2021, numerales 1º a 3º, se amplia el beneficio viajes para vacunados contra COVID-19 establecido por Res. IM Nº 2253/21 de 21/06/2021, numerales 1º y 2º.

Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección I
Régimen general
 De los permisarios

Artículo D.753 ._

Las empresas entregarán periódicamente bajo forma de declaración jurada a la Intendencia y en todo momento que se les solicite dentro de las siguientes 48 horas hábiles, información respecto a los servicios y a la empresa:

En particular sobre:

a) Número diario de coches en circulación y fuera de servicio en total y en cada línea. Promedios mensuales.

b) Movimiento de pasajeros total y por línea diario, mensual y anual.

c) Indices de evaluación de cada línea de pasajeros por Km., recaudación por Km. y por coche; kilometrajes realizados, horas trabajadas, velocidad comercial y sus discriminaciones según servicios diurnos y nocturnos, días de semana y época del año.

d) Horarios en vigencia y programados.

e) Información detallada sobre ingresos y egresos.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 14