Si un miembro interviniente falta al orden, incurriendo en expresiones agraviantes o vocabulario incorrecto, el Alcalde o Alcaldesa por sí o a indicación de cualquier miembro lo llamará al orden. Si el orador sostiene que no ha faltado, se consultará al Concejo Municipal y se estará a lo que este resuelva, sin debate, por mayoría de presentes.
Si el orador reincide en faltar al orden en la misma sesión, a juicio del Concejo Municipal y por mayoría de presentes, encomendará al Alcalde o Alcaldesa a invitarlo a retirarse de sala; le estará prohibido además, entrar a la misma mientras la sesión no sea levantada.