Liquidación.
a. Plazo
La liquidación de los Compromisos de Gestión será cuatrimestral y se realizará al mes siguiente del vencimiento de cada cuatrimestre.
b. Monto
Cuando el coeficiente de cumplimiento es menor a 70%, no corresponde el pago.
Cuando el coeficiente de cumplimiento es mayor o igual a 70% y menor a 95%, se aplica la siguiente fórmula: Monto = Base de cálculo x Coeficiente de cumplimiento
Cuando el coeficiente de cumplimiento es mayor o igual a 95%, corresponde el pago del 100% de la base de cálculo.
Base de cálculo
El monto máximo per cápita asciende a $ 14.984,00 (pesos uruguayos catorce mil novecientos ochenta y cuatro) a valores de abril de 2016, que se ajustará de acuerdo a los aumentos de carácter general de las retribuciones personales de la IdeM.
A este valor se realizará las siguientes correcciones:
- Cuando el/la funcionario/a perciba las partidas que no se encuentren incluidas en la Resolución Nº 301/14/5000 de fecha 4 de abril de 2014 y sus modificativas, se establece como base de cálculo la diferencia entre el valor de la partida de Compromiso de Gestión (CG) y el monto de las partidas deducibles. No obstante, si de dicha diferencia resulta un valor menor o igual al 50% del monto de la partida de CG, la base de cálculo queda establecida en el 50% del valor de la partida de CG. Lo establecido en el presente párrafo es sin perjuicio de otros ajustes que pudieran corresponder de acuerdo a lo establecido en los siguientes incisos.
- Si la persona tuviera suspensiones, se descontará la cuota parte equivalente al período de la sanción. (Volumen III del Digesto, Libro III De la relación funcional, Sección IV De las sanciones, Art. R.211 y ss, Capítulo XXI De las faltas y sanciones, Art. R.423 y ss).
- Cuando se produzcan ingresos o egresos en la dependencia, se generará la alícuota correspondiente al período trabajado en la misma.
- Cuando la persona fuera contratada por una carga horaria inferior a la jornada reglamentaria general de la IdeM, se realizará la prorrata correspondiente.
Coeficiente de cumplimiento
A los efectos de la liquidación se define un coeficiente de cumplimiento, compuesto por la suma de los promedios ponderados de cada componente. Ponderador del componente de desempeño institucional o global: 10%.
Ponderador del componente de desempeño sectorial: 70%.
Ponderador del componente de desempeño individual: 20%.
El cumplimiento de cada indicador con informe adverso de auditoría se considera 0.
c. Condiciones para el cobro
- Ser funcionario o funcionaria de la institución, de conducción o no conducción, presupuestado, contratado o en comisión de otros organismos, con excepción de cargos políticos, de particular confianza y designación directa.
- Desempeñar efectivamente la mayor parte de su jornada reglamentaria en una dependencia alcanzada por un Compromiso de Gestión.
- Alcanzar un coeficiente de cumplimiento mayor o igual a 70%.
- Tener ingresados al sistema informático todos los grados de avance a mes vencido del 1 al 10.