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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
Capítulo II
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
Sección II.III
De la comercialización de artículos pirotécnicos en la vía pública

Artículo D.2299.29 ._

Sobre las sanciones. El incumplimiento de lo dispuesto en los artículos D.2299.19 a D.2299.27, D.2299.32 y D.2299.34 será sancionado de la siguiente manera:

a) Falta leve: entre 2 y 5 Unidades Reajustables

b) Falta moderada: entre 6 y 30 Unidades Reajustables

c) Falta grave entre: 31 y 54 Unidades Reajustables.

FuenteObservaciones
art. 13