Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión

Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.

TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
De la Participación en Multas de Funcionarios con Tareas Inspectivas del Servicio Central de Inspección General y Divisiones Limpieza y Tránsito

Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo VIII.II
De la Participación en Multas de Funcionarios con Tareas Inspectivas del Servicio Central de Inspección General y Divisiones Limpieza y Tránsito

La fiscalización del cumplimiento de estas normas establecidas en el Decreto N° 32160 de 20 de agosto de 2007 (Registro único obligatorio de empresas habilitadas para el transporte de residuos), estará a cargo de los cuerpos inspectivos del Servicio de Inspección General y las Divisiones Limpieza y Tránsito. Cuando se trate de la aplicación de multas, el 30% del monto que se perciba por la Administración será volcado al cuerpo inspectivo que haya intervenido en la operativa.

FuenteObservaciones
art. 12