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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del tránsito público
Legislativa
De la aplicación y reglamentación

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título VI
De la aplicación y reglamentación

Reglamentación. La Intendencia reglamentará las disposiciones de este Libro.

FuenteObservaciones
art. 200

Publicación. Las disposiciones de este Libro se publicarán en el "Diario Oficial" y en dos Diarios de la Capital y entrarán en vigencia a los ciento veinte días de su publicación en el "Diario Oficial".

FuenteObservaciones
art. 201

Transitorio. Mientras no se efectúen las publicaciones a que se refiere el artículo D. 738, conservará su vigencia la Ordenanza General de Tránsito (Decreto Nº 15.684 y modificativos) y reglamentaciones respectivas.

FuenteObservaciones