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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del transporte
Reglamentaria
Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
De los boletos
Boleto zonal (BZ)

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 Boleto zonal (BZ)

Créase el "Boleto Zonal" en adelante BZ, estableciendo el anillo dentro del cual se podrá viajar: desde el límite departamental definido por la desembocadura del Arroyo Colorado al Río Santa Lucía, por este al Sur , Río de la Plata, Bahía de Montevideo, proyección terrestre de la calle Emilio Romero hacia la bahía, Emilio Romero, Accesos de Rutas 1 y 5 a Montevideo (zona la isla), Arroyo Pantanoso al Norte, Luis Batlle Berres, Accesos Ruta 5, Cno. Francisco Lecocq, Cno. Casavalle, Avda. De las Instrucciones, Bvar. Aparicio Saravia, Avda. José Belloni, Avda. 8 de Octubre, Cno. Maldonado, Veracierto, Cno. Carrasco, Arroyo Carrasco, Arroyo de Toledo, Arroyo de Las Piedras, Arroyo Colorado.

FuenteObservaciones
num. 6

El BZ será expendido por todas las líneas departamentales que ingresen y/o circulen dentro del anillo definido y servirá únicamente para viajar en una línea de carácter común o local y en un sentido.

FuenteObservaciones
num. 7

Dentro de los límites establecidos los usuarios podrán hacer uso del BZ desde cualquier punto geográfico y en cualquier sentido de viaje.

FuenteObservaciones
num. 8

Se establece que la última parada previa a que el vehículo ingrese al anillo, servirá a los fines del ascenso, asimismo la parada inmediata posterior a la salida del anillo, servirá para el descenso de pasajeros que utilicen el BZ.

FuenteObservaciones
num. 9

Las unidades que circulen por las vías definidas como límites sin ingresar al anillo, cobrarán Boleto común.

FuenteObservaciones
num. 10

Los boletos que sirven a la Terminal Cerro, mantendrán su posibilidad de transbordo como está dispuesto en el Numeral 7º de la Resolución Nº 2458/05 del 27/V/05, (creación de Terminal Cerro).

FuenteObservaciones
num. 11

El precio del BZ será el cincuenta por ciento del boleto urbano común para valores enteros.- Mientras que para las mitades de valores fraccionados, el valor será la cifra entera que resulte del redondeo hacia arriba o hacia abajo.-

El valor se establecerá específicamente, en las resoluciones que dispongan las futuras variaciones del precio de los boletos.

FuenteObservaciones
num. 12

Mantener la validez de todos los demás boletos que el sistema de transporte público urbano ofrece actualmente en esas líneas, para aquellos viajes que iniciados dentro de la zona descripta, superen sus límites.

FuenteObservaciones
num. 13

Se excluye del sistema las líneas diferenciales "D".

FuenteObservaciones
num. 14