La Dirección Nacional de Correos remitirá anualmente la nómina del personal afectado a la labor de distribución de correspondencia, a los efectos de la expedición de los carnés de libre tránsito.
Dicha nómina además de nombres y apellidos, constará del número de cédula de identidad y se acompañará de la foto correspondiente.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del transporte
Reglamentaria
Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
De los boletos
De los funcionarios de la Dirección Nacional de Correos
Volumen V Tránsito y Transporte
Libro V
Del transporte
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
De los boletos
De los funcionarios de la Dirección Nacional de Correos
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
num. 1 | ||
num. 1 | art. 7º de la reglamentación. |