El personal competente de la División Tránsito y Transporte podrá acceder en todo momento a los ómnibus exhibiendo la documentación correspondiente.
Podrá requerir del personal en servicio toda la información que sea pertinente.
Ver articulos D.2425.39 a D.2425.42 del Volumen X "De los espacios públicos y de acceso al público", del Digesto Departamental, los cuales incorporan normativa tendientes a prevenir el acoso sexual en espacios públicos o de acceso al publico, en el transporte público o transporte privado de interés público.
Por Res. IM Nº 3236/21 de 30 de agosto de 2021, numerales 1º a 3º, se amplia el beneficio viajes para vacunados contra COVID-19 establecido por Res. IM Nº 2253/21 de 21/06/2021, numerales 1º y 2º.
La División Tránsito y Transporte podrá recabar la presentación de vehículos a inspección. Si el vehículo está en condiciones no reglamentarias podrá suspender su circulación hasta que dichas condiciones sean normalizadas. Si el vehículo no es presentado a la inspección, automáticamente queda imposibilitado de circular. La reiteración de hechos de esta naturaleza podrá llevar a la caducidad del permiso otorgado a la empresa.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | ||
art. 90 |
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