Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión

Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.

TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
De los Viáticos
XII. Del servicio de Guardias de la División Información y Comunicación

Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo X
De los Viáticos
 XII. Del servicio de Guardias de la División Información y Comunicación

Los/as funcionarios/as de la División Información y Comunicación desarrollarán un sistema de guardias cuyas tareas consistirán en atender las necesidades de servicio en materia de comunicación, información, difusión y actividades conexas, que genere la actividad de la Intendencia de Montevideo los días sábados, domingos y feriados, de todo el año.

La Dirección de la División Información y Comunicación realizará una convocatoria obligatoria de hasta 5 (cinco) funcionarios/as por guardia entre los/as interesados/as, de acuerdo a las necesidades de servicio.

Los/as funcionarios/as que cubran esta modalidad de trabajo en régimen de guardia, percibirán por todo concepto y por guardia diaria, una remuneración especial de $ 2.500 (pesos uruguayos dos mil quinientos) si trabajaren efectivamente y de $ 1.000 (pesos uruguayos mil) si estando de guardia no fueran convocados a la prestación efectiva de tareas. En caso que la guardia recaiga en un día feriado no laborable, el valor de la guardia será de $ 3.500 (pesos uruguayos tres mi quinientos) y $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil), respectivamente.

El trabajo que se realice en día de guardia deberá tener registro de presentismo y en caso de no ser posible o que la tarea se cumpla a distancia, será responsabilidad del jefe/a inmediato la verificación de la realización de las tareas encomendadas. En este último caso, la Dirección de la División Información y Comunicación, controlará y/o informará tales circunstancias. No estarán alcanzados en el sistema de guardia cuando el mapa diario de trabajo de los/as funcionarios/as en su función habitual, sea sábado, domingo o feriado.

El Sistema de Guardias de la División Información y Comunicación, será gestionado y supervisado por la Dirección de la División y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

FuenteObservaciones
num 1
arts. 1º a 8º de la reglamentación.