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Digesto

D.1275

Todos los caminos interiores del establecimiento deberán estar pavimentados y poseer una capa de rodamiento impermeable. Los espacios adyacentes serán impermeabilizados o, en su defecto, revestidos de manto vegetal.

D.1215

Las materias primas comestibles y no comestibles deben almacenarse en condiciones de tiempo, temperatura, humedad e higiene que eviten su deterioro o contaminación, y de acuerdo a las exigencias previstas en el capítulo VIII de este título.

D.1199

Los pisos de áreas de trabajo deberán mantenerse limpios y deberán ser lavados y desinfectados a fondo luego de cada turno.

D.1179

Las cajas de pescado que se descarguen deberán ser cargadas directamente a vehículos habilitados para ese propósito.

D.1157

Ninguna parte del establecimiento habilitado que se destine a la manipulación o almacenamiento de carne y productos alimenticios de origen cárnico, podrá utilizarse para depositar efectos personales, vestimenta u otros objetos.

D.1152

Las carcasas se lavarán con agua a presión y temperatura adecuada.

D.1134

Dentro de los locales donde se manipulen alimentos queda prohibido comer, salivar , fumar, masticar gomas o similares, así como la presencia de personas que padezcan enfermedades infectocontagiosas.

D.1119

No deberán llenarse envases sucios o defectuosos o inadecuados para el producto o el tratamiento térmico a realizar. Los envases de alimentos no podrán bajo ningún concepto, utilizarse dentro de la fábrica para otros fines.

D.1092.1

El edificio será de construcción sólida y estará provisto de dispositivos que impidan la entrada en el mismo de insectos, pájaros, roedores o parásitos de cualquier clase.

D.1447

Se deberá tomar las precauciones necesarias para que, durante su transporte la temperatura de los productos congelados no sea superior a -18ºC.

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