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Digesto

D.1738.4

Almidón. Es la materia amilácea comestible extraída de los granos (semillas) de las plantas. Se identificará con la denominación "almidón de..." seguida del nombre del vegetal de procedencia.
Por ejemplo: almidón de maíz, almidón de trigo.

D.1738.20

Se autoriza a los molinos harineros a elaborar harinas preparadas (adicionadas de ingredientes y aditivos).

D.1737.37

El arroz pulido se clasifica en los siguientes grados, de acuerdo al límite máximo de tolerancia de defectos/grado, expresado en porcentaje en peso:

D.1737.36

Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz parboiled integral, considerado aisladamente son:

D.1737.35

El arroz parboiled integral se clasifica en los siguientes grados, de acuerdo al límite máximo de tolerancia de defecto/grado, expresado en porcentaje en peso:

D.1736.15

Los aceites comestibles se deben rotular de acuerdo a la materia prima utilizada en su elaboración, siguiendo la clasificación establecida en los artículos D.1736.1 al D.1736.7 Ej.: aceite genuino de girasol, de maní, etc.

 

LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS

D.1735.31

Desde el punto de vista microbiológico las emulsiones grasas deberán satisfacer las siguientes exigencias:

D.1735.17

Grasa de hueso. Es el producto graso resultante de la cocción del tejido óseo y sus adherencias. Se conoce comercialmente con el nombre de grasa de caracú.

D.1692

Todos los productos a que se refiere este capítulo deben presentar las siguientes características:
pH de la clara                    7.9 - 9.6

D.1690

Los huevos deberán rotularse con la denominación que corresponde al tamaño, y el número de huevos por caja.

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