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Digesto

D.4441.3.1

Asignar al “ Fondo de Saneamiento” los siguientes recursos: a) las asignaciones que la Intendencia de Montevideo determine; b) los reintegros de las operaciones realizadas en el marco del programa; c) las transferencias, donaciones o legados efectuados a la Intendencia con ese fin.

R.342.41

La solicitud y aprobación de esta licencia no exonera al o a la funcionario/a de la obligación de comunicar el cambio de domicilio a que refiere el inciso segundo del Art. D.59 del Volumen III del Digesto.

R.342.40

El o la funcionario/a que haya solicitado esta licencia deberá presentar ante al Jefe o Director de la Unidad o Servicio al que pertenece dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos siguientes de producido el cambio de domicilio, los comprobantes que así lo acrediten, tales como recibos de UTE

R.342.39

Dicha licencia deberá ser solicitada con antelación mínima de 5 (cinco) días corridos al Jefe o Director de la Unidad o del Servicio al que pertenece el/la funcionario/a.

R.342.38

Los/as funcionarios/as presupuestados/as o contratados/as que cambien de domicilio tendrán derecho a 1 (un) día de licencia especial con goce de sueldo por año calendario (1º de enero a 31 de diciembre) con la finalidad de que puedan realizar la mudanza de sus muebles y pertenencias e instalarse

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