Back to top

Digesto

R.930.24

Plazo de curado y habilitación de los pavimentos.

R.930.23

Cuando la unidad a reparar sea cortada o limitada por una junta, deberá reconstruirse ésta en la parte afectada por la remoción y sellarse en toda su extensión, tanto en la parte reconstruida como el resto.

R.930.20

Pavimentos de hormigón. Sobre la subrasante preparada según el Art. R.

R.930.1

Objeto.

R.930.18

Carpeta Asfáltica. La carpeta asfáltica se ejecutará sobre una base de hormigón, de acuerdo a los Arts.

R.930.17

Riegos de liga e imprimación. Se podrán emplear los siguientes materiales:
a) Emulsiones de rotura rápida diluida.
b) Emulsiones de rotura intermedia.
c) Diluidos del tipo RC-250. Este se aplicará sobre superficies saturadas a superficie seca.

R.930.16

Base de hormigón. Sobre la subrasante preparada según el Art. R. 930.6, se construirá una base de hormigón, sobre la que posteriormente se ejecutará una carpeta asfáltica.

R.930.15

Pavimento de adoquines. Se deberá construir el pavimento de adoquines. Para esto, sobre la subrasante preparada según el Art. R.

R.930.10

Compactación y aceptación de las capas. La compactación será realizada sobre toda la superficie de la capa de modo de asegurar que todo el material sea uniformemente compactado. Se modifica el Art.

R.930.2

Nóminas de elementos que componen este proyecto. Rigen para estas especificaciones los siguiente elementos, todos pertenecientes a la Intendencia de Montevideo:
- Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (Mayo 1991), (en adelante PCGCO).

Páginas

Suscribirse a Digesto